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MONOTRIBUTO 2022

  • Foto del escritor: Estudio Taxation
    Estudio Taxation
  • 17 dic 2021
  • 1 Min. de lectura

La ley de monotributo en su art. 52 dispone que anualmente se realizará una actualización de los montos máximos de facturación, de alquileres devengados y el precio máximo unitario de ventas que sirven para determinar la categoría del contribuyente, junto a los importes del impuesto integrado y las cotizaciones previsionales que deben ingresar los sujetos incluidos en el Régimen Simplificado.


Dicha actualización se efectúa teniendo en cuenta la proporción de las 4 últimas variaciones del índice de movilidad de las prestaciones previsionales -previsto en el artículo 32 de la ley 24241-.


Teniendo en cuenta esto último, y según los cálculos efectuados desde Errepar, dicha variación ascendería a %52,67.


En base a este porcentaje, compartimos a continuación la tabla con los valores de los parámetros aplicables a partir de enero 2021 y recordamos que los mismos pueden sufrir pequeñas variaciones con respecto a los que publique la AFIP en su página web.


FUENTE: Errepar


VALORES ESTIMADOS FACTURACION Y GASTOS:

(otros parámetros a considerar KW - alquileres - m2)


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